Cómo hacer para seguir trabajando cuando la jubilación no alcanza
Qué podría hacer un jubilado cuando lo que cobra no le satisface sus expectativas de vida.
Si se toma más de la mitad del padrón de jubilados, pensionados y beneficiarios de AUH que, en marzo, entre el haber y el bono de 70 mil pesos, recibe menos de $400.000, decididamente está claro que no le alcanza.
Apenas le cubriría la tercera parte del $1.200.000 que cuesta la canasta básica de un adulto mayor, según la Defensoría de la Tercera Edad.
En consecuencia, no le queda otra que reforzar sus ingresos o recibir ayudas externas para sobrevivir cada fin de mes.
Tanto el Estado como las firmas privadas compelen a los hombres que cumplen 65 años, como a las mujeres a los 60, a iniciar los trámites para jubilarse, lo que implicaría resignar automáticamente más del 40% del sueldo neto que le venía entrando en el bolsillo.
Si el propósito consiste en desocupar una vacante (por motosierra o contratar gente de confianza), en el caso del sector público, o de dejar de depositar aportes previsionales o racionalizar personal sin indemnizarlo, de acuerdo con el enfoque empresario, no hay negociación posible.
Es que, al cumplirse las edades vigentes para el retiro, una prórroga no es obligatoria, por más que el trabajador quiera continuar activo.
Intimaciones
Estará sometida a la voluntad del empleador, que puede inclusive intimarlo, pero a iniciar el trámite.
Desde esa instancia y la entrega de certificación de servicios correría un año para efectivizarlo.
Las intimaciones están reguladas por el Artículo 252 de la Ley de Contrato (LCT).
La libertad de decidir si se jubila se prolonga hasta los 70 años. Si está en plantilla del Estado, sería a los 65.
Al cumplir con los requisitos necesarios para jubilarse cuando se prorrogó hasta los 70 años, el empleador puede intimar e iniciar los trámites correspondientes.
Debe proporcionarle los certificados de servicio y remuneraciones necesarios para la solicitud de jubilación.
El haber como refuerzo del ingreso
En cuanto a los trabajadores precarizados (monotributistas en general), el pase a pasividad significa empezar a cobrar una mínima de ANSES, a la que hasta el mes pasado podía acceder por moratoria.
Cuando se da la situación de un arreglo entre el empleado en edad de jubilarse y la patronal de que igual continúe desempeñando sus tareas, la relación de dependencia no se modifica.
Los aportes previsionales siguen siendo cubiertos por ambas partes, aunque con diferentes escalas porcentuales.
La condición es continuar con la obligación de realizar los aportes y contribuciones previsionales del sueldo como activo (11 % en concepto de aportes al Fondo Nacional de Empleo).
Cómo es el trámite
El trámite para seguir trabajando después de jubilado consiste sacar primero turno para la oficina estatal que corresponda al domicilio y, cuando toque, concurrir con el DNI, el último recibo de sueldo y con el Formulario de Declaración de Reingreso a la actividad laboral.
Previamente deberán ser chequeados los datos personales y vínculos familiares para comprobar que estén actualizados en Mi ANSES o llamar al 130.
Si están desactualizados, se deberá reunir la documentación faltante.
Aunque sume a la entrada económica los haberes resultantes de la prórroga a lo que la empresa sigue pagando de sueldo, no corresponde un recálculo del haber que percibe de ANSES.
En general, los acuerdos para seguir de manera autónoma, en situaciones excepcionales, son de mutua conveniencia.
El empleador se ahorra la mitad que va para el Estado y el empleado revista como jubilado monotributista en la categoría correspondiente a lo que le factura a la empresa.
La antigüedad, en ese caso, retrocede a cero, o sea, se deja de contar el tiempo en el que se haya desempeñado bajo relación de dependencia.
El nuevo período como monotributista será el que corresponda desde la fecha de jubilación, si hubiera una indemnización en juego.
Automáticamente, el jubilado va a la órbita de PAMI para la atención de la salud, aunque es opcional para el empleador mantenerle la prestación de la prepaga que le otorga al personal.
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